No es necesario recortar el gasto
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Publicado en El Mercurio, 14.10.2026 Hace unos días, en este diario, Diego Gil, de la UC, se enfrascó en una discusión con Eduardo Alemán, de la Universidad de Houston, respecto del «derecho a la vivienda» —que podría ser extrapolable al «derecho» a la educación, a la salud y tantos otros—. Para Gil, estos «derechos sociales» son importantísimos; para Alemán, por el contrario, son conceptos difusos y peligrosos. Este último lo ejemplifica con la demagogia con que el Presidente español Pedro Sánchez justificó los decretos que prohibían subir los precios de los arriendos y, además, expulsar a arrendatarios morosos.
En una democracia liberal, un derecho humano es algo que uno puede reclamar casi sin matices por el solo hecho de ser persona. Existen, eso sí, ciertos límites, por ejemplo, en la expresión, que se limita en la difamación o incluso en la vida, que se limita si invado una casa con una pistola: ahí no tengo derecho a la vida frente al dueño. Me puede disparar.
«A falta de argumentos para controlar la vida de las personas y obtener votos, la izquierda, los socialcristianos y quienes se autopercibían como buenas personas empezaron a destruir el significado de la palabra "derecho" para inventar el concepto de "derecho social"»
Hace décadas, a falta de argumentos para controlar la vida de las personas y obtener votos, la izquierda, los socialcristianos y quienes se autopercibían como buenas personas empezaron a destruir el significado de la palabra «derecho» —algo exigible— para inventar el concepto de «derecho social» o derechos de segunda generación (e hicieron lo mismo con la justicia y la «justicia social»). Así, un derecho ya no solo te permitiría reclamar contra el gobernante que no te deja escribir cuando lo cuestionas, sino también cuando uno no vive en una «vivienda adecuada». ¿Quién define eso de «vivienda adecuada»? Cualquiera, a su antojo: justamente lo que buscan jueces y políticos —como Sánchez o Chávez—que no creen en la libertad y el Estado de Derecho, porque bajo esa indefinición se puede fundamentar cualquier política o sentencia demagógica contraria a una sociedad libre.
Por el contrario, donde no existen esos falsos derechos, esas políticas no tendrían justificaciones constitucionales y, de hecho, tendrían frenos. Pero, ojo, sí seguirían existiendo políticas sociales en beneficio de quienes las necesitan, los más desposeídos, solo que no se justificarían en esos falsos derechos.
Gil, en la corriente de los académicos buenas personas, justifica la existencia de estos falsos derechos apelando a la «evidencia comparada». La evidencia comparada en estas materias no es concluyente por lo pobre de las muestras, el universo (número de países) y, para qué decir, por la imposibilidad de especificar cómo afecta el «derecho a la vivienda» consagrado en una Constitución comparado con otras variables más importantes, relacionadas y algunas inmedibles, como la riqueza del país, los humores de gobernantes, las priorizaciones de los burócratas, la oferta de tierras y un largo etcétera. Que la calidad de la vivienda en Chile sea mejor que en Venezuela o Argentina, que sí consagran esos falsos derechos, poco o nada tiene que ver con eso.
Gil afirma también que la evidencia comparada no muestra que esos falsos derechos lleven a políticas populistas, como advierte Alemán —aunque tiene el mismo problema metodológico-argumentativo—. Sin embargo, para vivir en una sociedad libre y digna, debemos evitar políticas demagógicas y para eso es crucial hacer un buen uso del lenguaje y los conceptos, incluido el de derecho.
Gil va más allá y argumenta que el ejemplo español es malo porque los decretos populistas se frenaron por la «deliberación democrática». Entonces, ¿en qué quedamos? Esos «derechos sociales» ¿son o no son derechos? Si lo son, Sánchez solo estaba cumpliendo la Constitución y el Congreso se la saltó; si no lo son, y serían «principios rectores», deberían sobrar, a no ser que se los quiera mal utilizar, como Sánchez y tantos más.
En las democracias liberales los derechos no se cuestionan mediante deliberación democrática —salvo con quorum muy altos—. Lo otro sería reconocer que se busca otro ideal de sociedad, donde la «deliberación democrática» también podría decidir, por ejemplo, si prohibir los colegios católicos.
Estas confusas ideas quizás no sean casualidad y reflejen el estado de la academia porque, en una discusión en este mismo diario, el 7 de marzo de 2025, Gil, doctor en Derecho, se mostró contrario a que se hiciesen realidad desalojos de tomas, como había sentenciado la Corte Suprema. Más aún, citó, con el sentimentalismo característico de las buenas personas, un estudio de Rojas y Carrera que no evaluaba si desalojar o no, sino cuánto mejor era otorgarles viviendas a las familias que las necesitan cerca de sus barrios originales.
Gil acusó además al señor Alemán de no hacer un «análisis serio». Extraña seriedad la del académico de la Escuela de Gobierno de la UC.
Las opiniones expresadas en esta publicación son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan las de Fundación para el Progreso, ni las de su Directorio, Senior Fellows u otros miembros.
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