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Propuesta Nueva Constitución

Los riesgos de un sistema político que erosiona los contrapesos respecto del poder, la poca protección a la propiedad privada, la presencia exacerbada del Estado, los límites a la libertad de elección o la promoción de un trato desigual ante la ley; son solo algunos de los puntos de mayor complejidad en la propuesta de nueva Constitución. Un texto iliberal que genera dudas sobre su idoneidad para la estabilidad democrática, las libertades civiles y el progreso de Chile.

Esta premisa se refleja en los números de las últimas encuestas que exponen un profundo descontento con el resultado de la Convención: según Cadem, solo el 10% de los chilenos quiere que la nueva Constitución se apruebe tal como está propuesta y al 55% el texto le produce temor o miedo. La misma empresa indica que, para el 14 de agosto, el 46% de los chilenos rechazaría la propuesta, ocho puntos más que las personas que optarían por aprobarla, quienes además lo harían en gran medida con intención de reformar varios de sus artículos.

Estos datos son similares en la mayoría de las encuestadoras, como Criteria Chile que, en su encuesta de julio, además de exponer una ventaja de 9 puntos para la opción Rechazo, muestra que la Convención cerró su ciclo anual con una desaprobación del 57% de los chilenos.

 

Fin del Senado y la erosión de los contrapesos 

El cambio del sistema político, columna vertebral de una Constitución y en donde se definen los límites del poder, fue uno de los primeros temas en instalarse en la discusión pública. Para Jorge Gómez, cientista político e investigador de la Fundación para el Progreso, esta fue una cuestión mal resuelta. Indica que es “un invento que conlleva varios riesgos”, sobre todo si se contempla la reelección inmediata del presidente, propuesta en el artículo 284, y la iniciativa parlamentaria en materia de gastos, en los artículos 264 y 266. “Cambia de forma sustancial la institucionalidad de Chile y, bajo el nombre de bicameralismo asimétrico, se les da mucho poder a los diputados”, enfatiza.

El Senado fue la gran víctima de la configuración de este nuevo sistema. Su eliminación de la propuesta fue una de las mayores controversias. Para muchos, esta decisión debilita los contrapesos necesarios en una democracia. Gómez explica que esto se hizo “a punta de falsedades”, pues se aludió a que hacía lento el proceso legislativo, pero indica que en realidad es más lenta la Cámara de diputados. Así también lo afirma la investigación hecha por el académico Eduardo Alemán, quien expone que, en los primeros 25 años de democracia, una moción aprobada en la Cámara baja tardó en promedio 81 semanas, 19 semanas más que en el Senado. “El afán de eliminar el Senado respondió a la pretensión de instalar una asamblea única. Como hubo resistencias frente a eso, se inventó la Cámara de las Regiones y ese chamuyo del bicameralismo asimétrico donde el poder máximo a nivel nacional en términos de legislación está en manos de los diputados, es decir, en mayorías circunstanciales”, precisa Gómez.

Germán Concha, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Católica de Chile, también indica, en su participación en el curso Proyecto de nueva Constitución en fácil de la FPP, que el efecto de “desarmar” los modelos de congreso bicameral no tiene en general buena experiencia, enfatizando en que los congresos de una sola cámara suelen estar más asociados a proyectos de corte dictatorial. “De las cosas más graves es la eliminación del Senado. Por un lado, favoreces que una mayoría transitoria se haga dueña de la cámara relevante y, además, se eliminan los cuórums altos para aprobar leyes y designaciones de autoridades que pasaban por el Senado, como los consejeros del Banco Central, los ministros de la Corte Suprema o el Contralor General de la República”, manifiesta.

La creación del Consejo de la Justicia es otro de los elementos de la propuesta que apunta a debilitar los contrapesos entre los poderes del Estado. Esta vez, a través de la politización de la justicia. “Los miembros de este Consejo son elegidos entre otros, por el Congreso, con escaños reservados, cuya misión es nombrar y remover jueces, entre otras atribuciones, por lo que se está acabando la independencia del Poder Judicial, estas funciones se están politizando”, advierte Rocío Cantuarias, ex Convencional por el distrito 20.

Además, indica Cantuarias, los jueces van a tener que fallar siguiendo una serie de principios de la Constitución que condicionaran su trabajo. “Tendrán que fallar con enfoque de género y cuidar el enfoque interseccional en sus resoluciones. Es decir, se mandata a los jueces a separarse de fallar conforme a la ley, dándose verdaderas pautas de cómo tienen que resolver los asuntos sometidos a su decisión”, comenta.

Propiedad privada debilitada 

Una prppiedad privada poco protegida, en extensión, profundidad y robustez, según el ex convencional, por el distrito 19, Martín Arrau, fue otro de los puntos que levantó temores legítimos en la opinión pública chilena. Comenta que es importante recalcar que se trata también de un derecho fundamental para el desarrollo de cualquier sociedad y básico para el ejercicio de las libertades personales. “Pensemos en una Pyme: si no tiene certezas sobre la propiedad de sus medios de producción y sobre su ganancia, ¿cómo podríamos hablar de libertad de emprendimiento? Esto demuestra que es un derecho de interés colectivo y no tan solo personal, como algunos buscan dibujar”, indica.

En cuanto al articulado, precisa en una primera debilidad reflejada en el artículo 134 que permite muy abiertamente a la ley la posibilidad de señalar más cosas que no pueden ser de dominio de los particulares: “Como lo estableció en específico para el agua o para las concesiones mineras. La falta de claridad del borrador, como en tantos otros puntos, es peligrosa y tiende a la incerteza”.

La expropiación es una variable clave en la desprotección de la propiedad privada, para Arrau esta se regula de una forma mucho más permisiva, sin poner mayores dificultades al abuso político y estatal. “Hasta hoy, la indemnización por expropiación se invocaba por el afectado cuando se impedía el ejercicio de algunos de los atributos del derecho de propiedad, y en esta propuesta pareciera estar protegido solo el derecho de disponer de un bien y no así de su goce”, explica.

Fernando Claro, director ejecutivo de la FPP, también advierte sobre lo “abierta” que quedó la expropiación en la propuesta de Constitución y lo peligroso de la regulación que se estableció para el agua. Sobre esta última, Claro especifica cómo afectará a los agricultores y al país, ya que con el artículo 35 transitorio de la propuesta, se elimina el derecho de propiedad sobre el agua y pasan a llamarse autorizaciones de uso de agua. “En materias, como los derechos de agua o minería, simplemente desaparece la propiedad privada. Es cierto que el uso de agua hay que garantizarlo constitucionalmente para humanos, pero el correcto manejo de cuencas y el uso del agua por la minería y la agricultura tiene que ser regulado de diferentes maneras que no tienen que ver con la eliminación del derecho de propiedad”.

La indemnización por el “justo precio” del bien expropiado, escrita en el artículo 78 de la propuesta, condensa los temores manifestados por ambos. “La izquierda insiste en que es lo mismo que el precio de mercado, y mi opinión es que dejaron esta norma innecesaria e intencionalmente abierta a la interpretación y el abuso político. ¿Por qué se negaron entre aplausos a no introducir textualmente el precio de mercado? Esto permite que mañana una ley simple salga a indicar qué es justo y que deja de serlo”, expone Arrau.

Para Claro fue innecesario cambiar todo el régimen de expropiación. Indica que la actual Constitución ha funcionado bien. “Se deja abierta la posibilidad de pagar de cualquier forma. Es decir, además de que te paguen a un valor menor, te van a poder pagar, por ejemplo, en cuotas nominales, y en un escenario de inflación eso es simplemente otra forma de pagar aún menos por el bien”, advierte.

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Estado omnipresente y derechos sociales

La mejor cara de la propuesta constitucional pareciera encontrarse en su largo catálogo de derechos sociales. El derecho a la vivienda digna y adecuada, en el artículo 51; el derecho a la salud y al bienestar integral, incluyendo sus dimensiones física y mental, en artículo 44; el derecho a la educación y hasta el derecho al aire limpio durante todo su ciclo de vida, en el artículo 105; forman parte de una larga lista que fue parte de las grandes promesas de campaña cuando comenzó el proceso constituyente.

Sin embargo, para Rocío Cantuarias la lógica de esta propuesta es la de entregarle la provisión de estos derechos principalmente al Estado y por ello le resulta irresponsable e ingenua: “Es imposible que con esta Constitución se logren mejorar las pensiones, la salud, la educación, la seguridad y tantos otros problemas sociales. Si esto fuera posible a través de crear Sistemas Únicos Estatales, la solución sería tan fácil y habríamos sido torpes por no haber escrito mucho antes un listado de deseos que debe cumplir el Estado”.

Explica que todas las normas que consagran derechos sociales se hicieron con “letra chica”. Ejemplo de esto son las pensiones, materia plasmada en el artículo 45 que garantiza un sistema de seguridad social público. Sobre este advierte que se consagró el principio de solidaridad para disfrazar un sistema de reparto. “En este los trabajadores no serán dueños de sus ahorros porque ellos irían a pagar pensiones ajenas. O sea, han querido configurar un sistema de pensiones que no tiene ninguna posibilidad de resultar para recibir pensiones dignas”, dice.

La salud es otro de los puntos sobre los que advierte. Para garantizar este derecho se crea un sistema público, controlado por el Estado, en el que obligatoriamente habrá que cotizar, como lo expresa el artículo 44 de la propuesta. “El 7% ya no se podrá usar para pagar un seguro personal de salud, sino que va a este maravilloso fondo común. Todo, con discriminaciones: interculturales, enfoque de género, etcétera”, explica.

Para Rocío Cantuarias los Estados omnipresentes empeoran la realidad de estos servicios sociales y coartan la libertad de elección de los ciudadanos: “La Convención prefirió empeorar la situación de los chilenos. Nunca se quiso un Estado omnipresente, ya que como constatamos hoy, una buena parte de él está secuestrada por grupos de interés y políticos que entran a repartirse la torta a través de pitutos y nepotismo. Debieron ser responsables y no lo fueron”.

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Las transitorias: una falsa promesa de ponderación

La propuesta está compuesta por artículos poco precisos, que dejan espacio a múltiples interpretaciones. En varias de sus normas la última palabra la tendrán las definiciones que se redacten en las leyes que acompañarán la aplicación del texto. Como las normas transitorias que, para algunos, se han vuelto la última promesa de mejora.

Sin embargo, para Germán Concha, esto no es así. El constitucionalista enfatiza en que las leyes transitorias no cambian el contenido del texto. “Una mala Constitución no se arregla en las transitorias. Pero sí pueden agravarla, ya sea porque aceleran un proceso haciéndolo más disruptivo o porque aumenta los niveles de confusión”, explica.

Precisa que este es el caso de Chile, donde estas normas en lugar de mejorar la propuesta y su aplicación terminan agudizando el choque de trenes: “Hace que en el fondo se tenga un ordenamiento que es muy distinto a lo que hay y que intenta entrar a remplazarlo muy bruscamente, las transitorias buscan instalar un poco a la fuerza la Constitución”, sentencia.

Eugenio Guerrero, director de Divulgación FPP, también comparte que la poca precisión de las normas no es una variable promisoria de mejoras en el texto. Por el contrario, advierte que esta característica y las pocas limitaciones al poder que deja la propuesta de Constitución abren espacio a que la última palabra la tenga quienes lo detentan. Por eso, enfatiza en que no se puede pretender instalar como legitima una sola interpretación “buenista” del texto. “Al momento de interpretar parte significativa del articulado y el diseño de varios ámbitos como la justicia, el sistema político o la libre asociación, si los argumentos no coinciden con la intencionalidad de quienes lo realizaron, estos terminan siendo acusados de “fake news”. Sin considerar que innumerables asuntos de forma y fondo quedan a la ley simple”, enfatiza.

Cuestión que se confirma, según Guerrero, con el acuerdo de reformas oficialistas a la propuesta constitucional, expuesto el pasado jueves 11 de agosto. “Este acuerdo, aunque insuficiente y difícil de cumplir, deja en evidencia lo problemático de varios artículos del texto. Todas las temáticas que busca aclarar o cambiar muy levemente son las que antes se acusaron como desinformación”, concluye. 

Manuel Roa, jefe de Comunicaciones FPP

Gráficas: Amanda Ruminot, diseñadora FPP

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